Ventas por internet

Contador para comercio electrónico (e-commerce), tiendas online y Mercado Libre

Llevamos la contabilidad de quienes venden por internet en Uruguay, con tienda propia, en Mercado Libre o en redes. Te ayudamos a estar en el régimen correcto, a documentar cada venta y a que lo cobrado cierre con lo declarado.

  • Régimen según cuánto y a quién vendés.
  • Facturación electrónica de cada venta.
  • Control de retenciones en cobros electrónicos.
  • Conciliación de cobros, comisiones y devoluciones.

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Vender por internet no tiene un régimen tributario propio: pagás como cualquier comercio, según cuánto vendés y cómo está organizada tu empresa. Lo que cambia es la cantidad de ventas chicas, los cobros a través de plataformas y las devoluciones, que hay que reflejar bien en la contabilidad.

Qué régimen te corresponde según lo que vendés

Valores de 2026. Fuente: DGI y BPS. Cada régimen tiene más requisitos que los de esta tabla.
RégimenPara quiénTope de ingresos anualesFactura electrónica
MonotributoUnipersonal o sociedad de hecho que vende solo a consumidores finales.$ 1.175.537 (unipersonal)No obligatoria
Literal E (IVA mínimo)Pequeña empresa.Menos de $ 1.959.229Obligatoria
Régimen generalQuien supera esos topes o no cumple los requisitos anteriores.Sin topeObligatoria

El monotributo pide, entre otras condiciones, vender solo a consumidores finales y tener un único puesto o pequeño local de hasta 15 m². Si le vendés a empresas o tu operación no encaja en esas condiciones, no es tu régimen: lo revisamos antes de inscribirte. Si vendés como unipersonal, también te sirve contador para unipersonal.

En Literal E tus ventas se facturan sin IVA y el IVA de lo que comprás —mercadería, envíos, comisiones— no se descuenta: pasa a ser costo. En el régimen general liquidás IVA, en principio a la tasa básica del 22 % (10 % para los bienes de tasa mínima), además del IRAE. Ver liquidación de IVA.

Facturación electrónica de cada venta online

Desde el 1 de enero de 2025 todos los contribuyentes de IVA, incluso los de IVA mínimo, son emisores electrónicos, con pocas excepciones; el monotributo es una de ellas. Para una tienda online eso significa:

  • e-Ticket para las ventas a consumidores finales, que son la mayoría.
  • e-Factura cuando el comprador es un contribuyente identificado con su número de RUT.
  • Nota de crédito para devoluciones, cancelaciones o descuentos posteriores a la venta.

Al cliente que no es receptor electrónico se le entrega la representación impresa del comprobante, que tiene validez legal. Si tu tienda se conecta con tu proveedor de facturación, los comprobantes salen solos; nosotros revisamos que salgan con el tipo y los datos correctos. Si vendés por Mercado Libre u otra plataforma de venta, controlamos que cada venta tenga su comprobante y que las comisiones y cargos que te cobra la plataforma estén documentados. Más detalle en facturación electrónica.

Retenciones en los cobros con tarjeta y medios electrónicos

El decreto 94/002 designa como responsables a las entidades que administran tarjetas de crédito, de débito, de compra, instrumentos de dinero electrónico e instrumentos análogos cuando intervienen en tus ventas. Al pagarte, retienen un porcentaje del total de la operación, impuestos incluidos:

  • 5 % como alícuota general.
  • 2 % para contribuyentes del grupo No CEDE, entre otros casos.
  • La DGI puede reducir esos porcentajes en forma general o para casos específicos.

Lo retenido no es un costo: lo descontás de tus impuestos con la DGI del mes en que la entidad lo vierte, y si sobra queda un crédito a tu favor. Los contribuyentes de Literal E y de monotributo están exceptuados de esta retención por las ventas hechas entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2026. Por eso revisamos los resúmenes de cada medio de cobro —tarjetas, billeteras como Mercado Pago, pasarelas de tu tienda— para identificar retenciones y descontarlas.

Reducción de IVA por pagos con débito. Cuando un consumidor final te paga con tarjeta de débito o dinero electrónico, tiene una reducción de dos puntos de IVA (ley 19.210). El comprobante tiene que mostrar el total sin reducción, el monto de la reducción y el neto, con la leyenda «Reducción IVA Ley No 19.210». En el régimen general, recuperás lo reducido como crédito una vez que el administrador del medio de pago lo informa.

Conciliación: que lo cobrado cierre con lo facturado

Lo que llega a tu cuenta casi nunca coincide con lo que vendiste. Cada mes conciliamos:

  • Ventas de cada plataforma contra los comprobantes emitidos.
  • Comisiones, costos de envío y cargos financieros.
  • Retenciones de impuestos, si las hubo.
  • Dinero ya liberado frente al que sigue pendiente en la plataforma.
  • Devoluciones y contracargos, cada uno con su nota de crédito.
  • Transferencias de la plataforma a tu cuenta bancaria.

Así podemos detectar a tiempo ventas sin comprobante o comprobantes sin cobro y corregirlos.

Stock e importaciones

Si comprás mercadería para revender, en el régimen general el costo de lo vendido depende del inventario: te pedimos el stock al cierre del ejercicio y registramos el costo de compras, fletes e importaciones.

Si traés productos del exterior para vender, la franquicia de envíos no sirve. El régimen vigente desde el 1 de mayo de 2026 es solo para personas físicas mayores de edad, para uso personal y no comercial, con un máximo de USD 800 por año en hasta tres envíos. La importación para reventa va por los regímenes aduaneros comerciales; coordinamos con tu despachante de aduana para registrar bien los tributos que se pagan al importar.

Si además de vender online tenés un local a la calle, la caja, las ventas en el mostrador y el personal los llevamos dentro del servicio de estudio contable para pymes y comercios.

Actualizado el . Información general elaborada por GS Asesoría: cada caso se analiza con su documentación.

Cómo trabajamos

Tus ventas online, ordenadas cada mes

Con acceso a los reportes de tus plataformas y de tu sistema de facturación, cruzamos cada mes ventas, cobros y comprobantes, y te avisamos antes de que llegues al tope de tu régimen.

Preguntas frecuentes

Dudas de quienes venden por internet

¿Puedo vender por Mercado Libre siendo monotributista?

Depende de que cumplas los requisitos del régimen: vender solo a consumidores finales, tener un único puesto o pequeño local y no pasar el tope, que en 2026 es de $ 1.175.537 por año para una unipersonal. Lo revisamos con tu caso antes de decidir.

¿Tengo que emitir un comprobante por cada venta online?

Si sos contribuyente de IVA, en Literal E o en el régimen general, sí: cada venta lleva su comprobante fiscal electrónico, normalmente un e-Ticket. El monotributo está exceptuado de la facturación electrónica obligatoria.

¿Me retienen impuestos cuando me pagan con tarjeta?

Puede pasar: las entidades que administran tarjetas y dinero electrónico pueden retener un porcentaje del total cobrado. Ese monto se descuenta de tus impuestos. Literal E y monotributo están exceptuados por las ventas de 2016 a 2026.

¿Puedo traer mercadería con la franquicia para revenderla?

No. La franquicia es para personas físicas y para uso personal, no comercial. Para importar mercadería que vas a vender hay que usar los regímenes aduaneros comerciales.

¿Cómo se registra una devolución?

Con una nota de crédito que anula total o parcialmente el comprobante de la venta, y el ajuste correspondiente en la conciliación del mes.

Próximo paso

¿Vendés por internet?

Contanos dónde vendés, cuánto facturás por mes y cómo cobrás, y te decimos cómo ordenarlo.

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